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Pedido
de Informes: Boleto barrial
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PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Con la sanción de la Ordenanza Nº 11.131, se estableció un marco regulatorio por el cual se regirá la concesión precaria del transporte por colectivos, hasta que un nuevo proceso licitatorio habilite la nueva concesión del servicio, definiendo los boletos diferenciales existentes y su vigencia. Así encontramos que el inc b) del artículo
2º, de la Ordenanza, define claramente al boleto barrial: De acuerdo a lo estipulado para el boleto barrial, se observa que para su entrada en vigencia se necesita la intervención reglamentaria del Departamento Ejecutivo Municipal, a fines de determinar los lugares para el ascenso y descenso de pasajeros, por línea. A pesar de la norma, el boleto barrial en la ciudad de Santa Fe no existe. En base a ello, solicitamos la siguiente información a efectos de determinar "otro (más) de los porque no se puede cumplimentar la Ordenanza 11.131". Si se cumpliera la letra de lo normado en el transporte por colectivos, los usuarios santafesinos podrían acceder a boletos barriales, al boleto centro pagando con monedas, etc. Solo resta un pequeño detalle para que ello sea una realidad, "que la Municipalidad cumpla con el rol de poder de policía que tiene asignado como concedente de la prestación del servicio público".
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