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Pedido
de Informes: sobre la concesión de la Estación Terminal
de Ómnibus "General Manuel Belgrano", con la empresa
NETOC S.A.
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PROYECTO DE COMUNICACIÓN
1) Si la empresa NETOC S.A., concesionaria de la Estación Terminal de Ómnibus, realizó "como tal" los tramites correspondiente a la habilitación del comercio, contando con la debida habilitación municipal, independientemente de los comercios establecidos en estación, que son subalquilados y administrados por la concesionaria. 2) Indicar si se han ejecutado las tareas y obras estipuladas en los artículos 3º "Servicios mínimos" y 4º "Obligaciones Especiales del concesionario" , correspondiente a las Bases Particulares de la Ordenanza Nº 10552. 3) Realizar un detalle en particular sobre el cumplimiento o no, de los incisos; b) - c) - d) - e), del artículo 3º, indicando en caso de incumplimiento los motivos esgrimidos por la concesionaria, y que actuaciones realizó la Municipalidad en tal sentido. 4) Realizar un detalle en particular sobre el cumplimiento o no, de los incisos; c) - d) - e), del artículo 4º, indicando en caso de incumplimiento los motivos esgrimidos por la concesionaria, y que actuaciones realizó la Municipalidad en tal sentido. 5) Detallar las medidas adoptadas en materia de seguridad para incendios que realizó la concesionaria a partir del accidente ocurrido en el año 2004, indicando si las estas han sido monitoreadas y aprobadas por el cuerpo de "Bomberos. Zapadores" .
Concejales y Concejalas: Cualquier comercio que inicia sus actividades en la ciudad
de Santa Fe, debe obtener la correspondiente habitación de la Municipalidad,
tramite que se otorga mediante la intervención de la oficina 08
en lo referente al inicio de la gestión administrativa de inscripción,
y la Oficina de Habilitación de Negocios encargada de evaluar si
están encuadrados a la normativa Municipal, en lo referente a la
parte edilicia, eléctrica, seguridad, etc. Aparentemente la empresa
NETOC no ha realizado esta tramitación lo que indicaría
que la empresa funciona desde la misma toma de posesión de la concesión,
sin la correspondiente habilitación municipal. Es importante destacar que en tal instancia nuestro bloque puso reparos a la reformulación del contrato, porque entendíamos que la actitud asumida por la empresa concesionaria NETOC -desde la toma de posesión - había sido netamente especulativa con relación al compromiso de inversiones detalladas en las "Obligaciones Especiales del concesionario", realizando las obras que más le redituaban, dejando ciertos items librados al azar. Lo cierto es que hoy, con el contrato renegociado - a pesar de los incumplimientos detectados por la propia Comisión Renegociadora -, la empresa concesionaria tendría que haber cumplimentado las "Obligaciones Especiales del concesionario" , obras y tareas que a nuestro entender tendría que haber cumplimentado en gran parte, antes de que se produzca la salida de la convertibilidad. Por ello, y retomando lo expuesto en el debate de renegociación el 18/12/03, referido a que la empresa concesionaria le cargaba a los usuarios los mayores costos de la devaluación, en lugar de aplicar el SACRIFICIO COMPARTIDO, que en su momento quedo asentado como principio en la legislación nacional y provincial, es que resulta imperioso tener información sobre la habilitación correspondiente y el acatamiento contractual que en esta nueva instancia ha observado o no, la empresa NETOC.
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