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Creación
del Instituto Municipal del Tránsito
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Artículo 1º: de la Creación y el Objetivo General. Créase el INSTITUTO MUNICIPAL DEL TRÁNSITO cuyo objetivo será el de generar, administrar y ejecutar políticas y recursos tendientes a mejorar la situación existente en materia de tránsito en el ámbito de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz. Artículo 2º: del Carácter e incumbencia. El Instituto Municipal del Tránsito será un Organismo Autárquico Municipal y tendrá incumbencia en todas aquellas acciones originadas en las distintas reparticiones municipales que afecten o alteren los diversos factores que puedan contribuir a mejorar o desmejorar el normal desarrollo del tránsito en la ciudad, fundamentalmente: a) Factor Humano; A estos efectos y a partir de los noventa (90) días de la sanción de la presente, pasaran a depender del Instituto aquellas dependencias vinculadas directamente a la temática del Tránsito, su control y supervisión. Aquellas otras dependencias que por su actividad o función generen acciones o medidas que intervengan en el desarrollo de políticas vinculadas a la temática, deberán interrelacionar las mismas con el objeto de unificar objetivos y racionalizar los recursos. Artículo 3º: de los Objetivos particulares. Son algunos de los objetivos particulares del Instituto Municipal del Tránsito, los siguientes: Vincular todos los aspectos y factores que determinen una adecuada
y coordinada relación entre todos los elementos que hacen al desarrollo
y el reordenamiento del tránsito, sean estos automóviles,
motocicletas, vehículos pesados, bicicletas, etc., teniendo fundamentalmente
en cuenta los derechos del peatón. Artículo 4º: de las Atribuciones. Establécese que el Departamento Ejecutivo Municipal en un plazo no mayor de noventa (90) días de sancionada la presente dispondrá de las medidas administrativas necesaria con el objeto de integrar la actual estructura de la Dirección de Tránsito, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos al Instituto Municipal del Tránsito el que cubrirá todas y cada una de las funciones que actualmente ejerce, adjudicándosele las facultades de: a) Redimensionar y adecuar las actuales secciones que integran la referida
Dirección sin modificar en el ejercicio vigente su presupuesto; Artículo 5º: de los Recursos. Los recursos con que contará el Instituto Municipal de Tránsito provendrán de: a) El presupuesto que fije por el Honorable Concejo Municipal al que se le adicionará un monto resultante por la aplicación de un coeficiente determinado en la reglamentación correspondiente, sobre la percepción de montos pagados por infractores ante el Tribunal Municipal de Faltas en concepto exclusivo de sanciones imputables al tránsito. b) Recursos propios provenientes del dictado de cursos especiales en función de un programa particularmente preparado al efecto y con diferentes destinatarios. c) Y todo otro recurso que al efecto se disponga.
Establécese que a partir de la conformación del Instituto
Municipal del Tránsito, todas las unidades automotores, motoras,
remolques y elementos actualmente en uso por la Dirección de Tránsito
pasarán a resultar de responsabilidad, resguardo, mantenimiento
ligero y conservación por parte del mismo. Artículo 7º: del Ámbito de funcionamiento Artículo 8º: de la Conducción y Administración. La conducción y responsabilidad política del Instituto
Municipal del Tránsito, su administración y el cumplimiento
de sus objetivos estarán a cargo de: El Instituto Municipal del Tránsito contará con el asesoramiento y colaboración permanente del Consejo Asesor Municipal de Política Integral de Tránsito creado por Ordenanza Nº 10825. Artículo 10º: de las Secciones operativas. Sin perjuicio de las disposiciones vigentes y de la facultad asignada para la readecuación de los recursos existentes, se establecen las mínimas secciones operativas de funcionamiento a tener en cuenta para el desarrollo de las actividades del Instituto: ADMINISTRATIVAS. Estará compuesta por personal femenino y masculino indistintamente y cumplirá las siguientes funciones: gestión, orden interno, relaciones públicas, atención del personal, planificación, estadísticas y operaciones, administración de recursos económicos y efectuar las rendiciones y balances correspondientes, ORDENAMIENTO. Con personal femenino y masculino, cumpliendo tareas propias de control y regulación del tránsito callejero, control de estacionamiento medido; EDUCACIÓN VIAL. Con personal femenino y masculino, resultará responsable de la capacitación y educación interna y externa, planificaciones a corto y largo plazo, de tareas de prevención, diagramación y obtención de material didáctico, actividades locales, regionales y provinciales, relevamiento constante de la estructura vial, asistencia a eventos relacionados con el tránsito, otorgamiento del carne de conductor CONTROL. Lo conformará personal masculino y será el área responsable de los distintos tipos de operativos de control, tanto preventivos como sancionatorios y deberá efectuar propuestas de distribución al Área Administrativa para la pertinente planificación; MOTORIZADA. Estará integrada por personal masculino y será su función la de vigilancia, patrullaje, atención de emergencias y respaldo de controles; RESGUARDO. Con personal femenino y masculino tendrá como responsabilidad el uso de grúas, remolques y todo tipo de movilidades así como la totalidad del material logístico, su preservación y mantenimiento, condiciones de buen uso además de ser a su cargo la custodia por sí mismos o por servicios de terceros contratados, de las unidades retenidas por diferentes causas emergentes de la normativa vigente hasta su disposición final Artículo 11º: de las Modificaciones. Toda modificación a la presente norma deberá contar con el voto favorable de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Honorable Concejo Municipal. Artículo 12º: De forma. Santa Fe de la Vera Cruz, Abril de 2006.
Concejalas y Concejales: Hace dos años, más precisamente el 14 de Mayo de 2004,
presentábamos este proyecto bajo el nº de expediente 26071-O-04
sin que alcanzara al día de hoy tratamiento legislativo. Convencidos
de su importancia y teniendo en cuenta que las razones que motivaron su
presentación en aquel momento, incluso, se han agravado es que
decidimos su representación. Esta situación parece no encontrar un horizonte por el cual encausar su política para intentar revertir tan severos guarismos. Evidentemente las metodologías empleadas hasta el presente no han tenido efecto y los intentos realizados por los diferentes funcionarios no han rendido las soluciones buscadas. En consecuencia se hace necesario proponer otro camino que por resultar específico y exclusivo, seguramente podrá atender las necesidades que le son propias a esta nefasta problemática y hallar otro tipo de resultados que estén complementados con la independencia de acción y de recursos. Sostenemos que nuestro proyecto se funda en tres pilares fundamentales que justifican su sanción: a) La situación por la que atraviesa el tránsito en nuestra ciudad es cada vez mas caótica y con gravísimos accidentes: No es necesario atender a estadísticas que condenan los mejores pronósticos y como manifestáramos nos ponen en la cúspide de las consideraciones nacionales. Las inconductas por parte de los conductores, las faltas de control por parte de los organismos pertinentes, la degradación de los recursos así como la acción de la propia crisis económica, nos han puesto en una realidad insoslayable desde donde es necesario tomar medidas claras y contundentes. b) Existen recursos dispersos para una misma problemática: Es necesario empezar a ver el problema como global, con nuevas y complejas características que merecen una visión autónoma y moderna de la situación. Existen diversos recursos para ello y debe ser el mismo organismo el que los obtenga, asimile y haga uso de ellos.
La implementación de esta norma y el seguro dictado de todas
aquellas otras que resulten necesarias para dar solución a este
triste problema, son requisitos primordiales y de allí nuestro
pedido de acompañamiento por parte de los demás Concejales. |