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PROYECTO DE RESOLUCION
Artículo Primero: Dispónese que el Departamento Ejecutivo
Municipal de estricto cumplimiento a los criterios, objetivos y alcances
de las disposiciones de la ordenanza 10.017, la resolución 8482
y el Dec. 00289 del 26 de junio de 2000, que establecen y regulan el otorgamiento
de licencias de conducir para personas discapacitadas.
Artículo Segundo: El DEM establecerá por vía reglamentaria,
todos los aspectos no previstos en las normas señaladas en el artículo
primero, determinando acciones tendientes a que se garantice la posibilidad
de gestión, trámite y posterior aprobación de la
licencia de conducir a personas que presenten algún tipo de disfunción,
incapacidad o discapacidad.
SANTA FE, Marzo de 2.000.-
Fundamentos:
La sanción de la resolución 8214 el Departamento Ejecutivo
Reglamentó la Ordenanza 10.017 en cuanto a la extensión
de Licencias de Conducir para personas discapacitadas sensoriales, sordas
e hipoacúsicas y visuales monoculares y con discapacidad motora.
El Departamento Ejecutivo reglamentó esta norma mediante el dictado
del decreto 00289, el 26 de junio de 2000, adoptando criterios y observaciones
que constaban en un expediente en el que participaron entidades intermedias
de la ciudad vinculadas con el tema y donde se encuentra estudiada la
legislación de otras ciudades como Córdoba, Buenos Aires,
y Rosario entre otras.
A partir de la suscripción de un convenio entre el Municipio y
el Colegio de Médicos por el cual esta última se compromete
a la prestación del servicio de Revisación Médica
se le ha estado negando a muchas personas discapacitadas incluídas
y no incluídas en el Decreto mencionado -recordemos el caso de
la persona insulino dependiente- la posibilidad de acceso a su Licencia
de Conductor colocándole en su solicitud el concepto NO APTO.
La Ley Nacional de Tránsito es absolutamente clara al respecto
e inclusive dispone una categoría para la tramitación de
licencias por personas discapacitadas.
Otras ciudades como Rosario, aún cuando también realizan
estos exámenes a partir de un convenio con el Colegio de Médicos,
otorgan las licencias a personas discapacitadas conforme a las reglamentaciones
vigentes. Es absolutamente inentendible que el Colegio de Médicos
preste el servicio de una determinada manera y el de aquí de otra.
Pero mas allá de eso, es evidente que el Municipio ha renunciado
y delegado un poder que inclusive no es sólo suyo, en este caso
al Colegio de Médicos, dado que normas de mayor jerarquía
prevén esta facultad a estas personas con capacidades diferentes.
Es necesario que ese poder se recupere y se extiendan las licencias conforme
a las leyes, nacionales, provinciales, o municipales, mas allá
de la opinión que pueda sostener alguna Asociación Civil
como lo es el Colegio de Médicos.
Los discapacitados de nuestra ciudad, aún cuando hemos avanzado
en la legislación y sus reglamentos se ven afectados por una actitud
que, de no encontrarse un verdadero justificativo, constituye una verdadera
discriminación
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