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Firma de Convenio
de colaboración, entre la Municipalidad de Santa Fe y la Asociación
Civil Espacios para el Progreso Social, promovido por los Concejales Leonardo
Simoniello y Jorge Henn, con el objeto de impulsar el programa de desarme
en nuestra ciudad.
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CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA
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En la ciudad de Santa Fe, a los 26 días del mes de noviembre de 2004, entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, representada en este acto por el Sr. Intendente, Ing. Ezequiel Martín Balbarrey, y el Sr. Secretario de Gobierno, Cultura y Patrimonio, Dr. Pablo E. Abraham, constituyendo domicilio en calle Salta Nº 2951, 2º piso, en adelante "La MUNICIPALIDAD" y la "Asociación Civil Espacios para el Progreso Social", representada en este acto por su Presidente, Sr. Gabriel Conte, con domicilio legal en calle Patricias Mendocinas, Nº 634, piso 6, of. 63 de la ciudad de Mendoza, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco de colaboración y cooperación, sujeto a las siguientes cláusulas.- PRIMERA: De los objetivos. El presente convenio tiene como objeto
entablar acciones coordinadas de colaboración, cooperación
y prevención, entre las partes, para abordar la problemática
que representa la proliferación de armas de fuego en la población
y las consecuencias nefastas en la seguridad pública. TERCERA: La Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, se compromete a convocar a la sociedad civil organizada y a recurrir a las instituciones oficiales correspondientes, como asimismo desarrollar las actividades conducentes a desarrollar los Programas y/o políticas mencionados en el Artículo precedente, en cumplimiento de acuerdos y convenciones internacionales a los que la República Argentina ha adherido. CUARTA: El plazo de duración del presente será de doce (12) meses, sin embargo, cualquiera de las partes podrá rescindir el mismo mediante comunicación escrita en forma fehaciente con antelación no inferior a sesenta (60) días. Las partes se comprometen a observar en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, teniendo en cuenta que la finalidad de este convenio es la de estrechar relaciones entre el "La Asociación Civil Espacios para el Progreso Social" y "LA MUNICIPALIDAD", siendo este un ejemplo de buena voluntad y coordinación de esfuerzos, y con el firme propósito de llevar adelante políticas de contención social en materia de seguridad pública. QUINTA: En todas las circunstancia o hechos que tengan en relación con este convenio las partes mantendrán la individualidad y la autonomía de sus respectivas estructuras y asumirán particularmente las responsabilidades legales correspondientes.- SEXTA: De acuerdo a lo previsto en el Art. 18 de la Ley Orgánica de Municipalidades, forma parte del presente convenio la siguiente cláusula: "Cuando la MUNICIPALIDAD fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la Corporación arbitrará, dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago". No siendo para más, en prueba de conformidad previa lectura y ratificación se firman (2) ejemplares del mismo tenor y a un mismo efecto, en lugar y fecha citados al comienzo del presente. ------ |