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| 02 DE NOVIEMBRE DE 2006 |
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RESOLUCION Art. 1º: Cumpliméntese lo establecido en el Artículo 4º, inciso 1) de la Ordenanza Nº 7.565, modificada por Ordenanza Nº 10.592. Art. 2º: La Secretaría de Servicios Públicos informará a este Honorable Concejo Municipal en un plazo de treinta (30) de sancionada la presente, los motivos por el cual aún no se ha cumplimentado lo establecido en la norma mencionada. Art. 3º: De forma
FUNDAMENTOS
La Ordenanza Nº 10.592, sancionada por este cuerpo en Agosto del año 2000, es modificatoria de la Ordenanza Nº 7.565 "Servicio de Taxímetros". La misma prevé la "Creación del Registro de Aspirantes a concesión del servicio". Este Registro que contempla todos los datos personales de los solicitantes, tiene carácter público. El punto 1 de la Ordenanza Nº 10.592 expresa claramente que la nómina actualizada de aspirantes " deberá ser publicada en la página de internet del Municipio " y hasta el momento en la página web de la Municipalidad de Santa Fe, esta información es inexistente. Entendiendo que dicha nómina es pública y que son muchos los aspirantes a obtener este tipo de licencias, creemos necesario el acceso a esta información, para transparencia y agilidad del trámite. Por lo expuesto, solicito la aprobación de mis pares. ORDENANZA Nº 10.592 Art. 1º: Sustitúyase el inciso 1) del artículo 4º
de la Ordenanza Nº 7.565, el que quedará redactado de la siguiente
manera: Art. 2º: Inclúyase como artículo 4º Bis de la
Ordenanza Nº 7.565 el siguiente: Art. 3º: Sustitúyase del artículo 7º de la Ordenanza
Nº 7.565, la expresión "orden de inscripción"
por "orden de registro". Art. 4º: Establécese un plazo de quince (15) días
para la confección del primer listado a que refiere el artículo
1º, incluyendo la nómina de aspirantes a la fecha. Art. 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. SALA DE SESIONES, 17 de agosto de 2.000 |