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| 02 DE NOVIEMBRE DE 2006 |
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La iniciativa, busca sancionar con mayores valores
económicos,
La Ordenanza Nº 7279 de Edificaciones Privadas, tiene por objeto reglamentar distintos aspectos que deben observar los edificios de distintos tipos que se construyan en nuestra ciudad. De este modo, por ejemplo, se fijan medidas mínimas para diferentes ambientes de una casa o departamento, ventilaciones que deben observarse, superficies de aire y luz etc. Conjuntamente con otras ordenanzas referidas a las edificaciones, este tipo de normas preserva mínimos estándares que tienden a garantizar un mejor hábitat. Sin embargo, y seguramente fundadas en razones de mayor rentabilidad inmobiliaria, se puede observar que las transgresiones a estas normas, son frecuentes. El creciente costo del metro cuadrado de terrenos con determinada ubicación, hace más rentable desconocer las normas ganando metros cubiertos construidos y pagar posteriormente una multa, que observar las condiciones edilicias dispuestas en las Ordenanzas. Este tipo de comportamiento desnaturaliza el objetivo de estas normas cual es la de garantizar parámetros mínimos de calidad de vida. Es en este sentido, la modificación a los parámetros sobre los cuales se fijan las multas por la ejecución de construcciones fuera de reglamento, la elevación de los montos porcentuales y el cambio de criterio de la aplicación de estas alícuotas, que en lugar de ser aplicadas sobre un porcentaje de la obra construida será sobre el presupuesto total del proyecto, eleva de tal modo el monto a abonar por multa, que desalentará las practicas de trasgresión observadas en la actualidad en forma demasiado común. A partir de la sanción de esta ordenanza, los montos a abonar serán mayores a los actuales pero además procuraremos que se sancione a los profesionales que intervengan en estas situaciones irregulares, tal cual lo prevé el Reglamento Municipal de edificaciones. Se deben acabar en nuestra ciudad, aquellos que con viveza, con astucia, poco profesionalismo y muchas veces complicidad por parte de la indolencia municipal, hacen negocios evadiendo la legislación y fomentando el tráfico de influencias que le permiten, no solo salirse con su objetivo, sino que además a un bajo costo económico dado la deficiencia normativa hasta ahora existente. O R D E N A N Z A Art. 1º: MODIFÍCASE EL INCISO A) DEL ACÁPITE 2.6.5. DEL CAPÍTULO 2 DE LA ORDENANZA Nº 7.279 - REGLAMENTO DE EDIFICACIONES - EL QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
Art. 2º: MODIFÍCANSE LOS PUNTOS 1) Y 2) DEL INCISO B) DEL
ACÁPITE 2.6.5. DEL CAPÍTULO 2 DE LA ORDENANZA Nº 7.279
- REGLAMENTO DE EDIFICACIONES - LOS QUE QUEDARÁN REDACTADOS DE
LA SIGUIENTE MANERA:
Art. 3º: DE FORMA. SALA DE COMISIONES, OCTUBRE DE 2.006.- MARÍA LASTRA - NOELIA M. DE CHIEMENTÍN - CARLOS PEREIRA
- JORGE KIENER - CARLOS POGGIO (SEC.).- MARTA FASSINO - JULIO SCHNEIDER
- JORGE HENN - LIANA MORAGUES - FANNY JARA (SEC.).- JULIO SCHNEIDER -
LEONARDO SIMONIELLO - RAFAEL LÓPEZ - LIANA MORAGUES - JORGE KIENER
- HÉCTOR FERNÁNDEZ (SEC.).- |