Jueves, 2 Junio, 2005 6:50 PM
INTIMACION AL GOBIERNO DE LA PROVINCIA PARA LA CONFORMACION DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO OBRA CIRCUNVALACION OESTE -TRAMO TRES-

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal solicite al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe a conformar una Comisión ad - hoc para el seguimiento de la obra Circunvalación Oeste, Tramo Tres, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 1981/03.
Artículo 2º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:
El Decreto Nº 1981/03 del Poder Ejecutivo Provincial dispone que en todas las obras públicas que ejecute la Provincia, la repartición comitente designará una Comisión de Seguimiento con participación comunitaria. Estas Comisiones tienen como objetivo proteger los legítimos intereses de los futuros usuarios y controlar el curso de los trabajos que demande su construcción dentro del ámbito donde las obras se realicen.

La Municipalidad de Santa Fe a partir de la promulgación de la Resolución Nº 10448 del Concejo Municipal y mediante Decreto Nº 00829 designa al Secretario de Obras Públicas para integrar las referidas comisiones adhiriendo de este modo expresamente al Decreto Provincial Nº 1981 del Superior Gobierno de la Provincia.

Cumplimentados los trámites legales correspondientes, existe el marco para constituir las Comisiones ad hoc de Seguimiento para las obras que el caso en que el Estado Provincial ejecute obras públicas en nuestra ciudad.

La autonomía y la potestad de regular su propio territorio son derechos consagrados y deben ser los pilares en los procesos de toma de decisiones en el ámbito Municipal y en cualquier operación que en ella se realice.

Entendemos que esta reivindicación de autonomía es el eje sobre el cual debe fundamentarse la propuesta de un organismo Municipal específico que intervenga directamente en toda obra pública a realizarse en su ejido.
Además de lo expresado, consideramos indispensable que este organismo se aboque a compatibilizar, coordinar y realizar el seguimiento de obras que, por su escala, modifican sustancialmente el paisaje urbano de la ciudad e impactan sensiblemente en su medio ambiente y en otros aspectos de la Ciudad.

Santa Fe, en función de su situación regional, y debido a su inserción en un complejo entorno físico, ha sido un escenario en el que se han ejecutado obras de gran envergadura sin la intervención directa del Municipio o de entes que controlen no solo las ejecuciones sino las planificaciones y los diseños.

La planificación de grandes corredores que empalman con rutas a escala nacional o internacional, hasta indispensables obras de defensa en sus bordes ribereños y el ordenamiento de su cuenca hídrica, son ejecuciones que por su escala, su presupuesto y su aprovechamiento exceden el ámbito Municipal al mismo tiempo que lo modifican, y en muchos casos entran en contradicción con la trama urbana existente y con sus usos.

Las obras licitadas con destino a la prevención de inundaciones desde la cuenca del Río Salado, sin dudas es la obra de mayor importancia que se desarrolla en nuestra ciudad, y de la correcta ejecución, las prevenciones que se tomen, la elección de los materiales y todos los elementos que constituyen la complejidad del sistema, dependerá que la ciudad de Santa Fe no vuelva a padecer la experiencia de la inundación de hace dos años, entre otros asuntos.

Consideramos, en virtud de lo expuesto, que el organismo propuesto aporta una herramienta de gestión imprescindible para la planificación futura de nuestra Ciudad y recupera potestades que nunca debieron ser delegadas por lo que resulta imprescindible la actuación propuesta en el Artículo Primero del presente a efectos de revertir esta situación de indiferencia con la que el Gobierno de la Provincia interviene sobre áreas expresas de la jurisdicción municipal.