Martes, 20 Diciembre, 2005 4:46 PM
CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA FE Y EL ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES.

Entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, representada por su Intendente, el Ing. Ezequiel Martín Balbarrey, quien lo hace asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Dr. PABLO ABRAHAM, el Señor Secretario de Planeamiento y Patrimonio Cultural, Arq. Carlos Gustavo GIOBANDO, y el Señor Secretario de Hacienda y Recursos Humanos, C.P.N. Fernando Silvio Giusti, con domicilio en calle Salta 2951, por una parte y en adelante "LA MUNICIPALIDAD" Y el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (ONABE) dependiente de la Secretaria de OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS DE LA NACIÓN, representado pro este acto por su Director Ejecutivo, Prof. Fernando Miguel SUAREZ, con domicilio en Avda. Dr. Jose M. Ramos Mejia 1302, ciudad autonoma de Buenos Aires, por otra parte y en adelante ONABE.

EXPRESAN:

Que como consecuencia del Convenio Marco suscripto el de diciembre de 1996, entre el EX ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (ENABIEF) Y LA MUNICIPALIDAD se celebró en fecha 5 de agosto de 1997 un Convenio Ferrourbanístico que, entre otros, involucraba a los predios de Santa Fe Cambios y Santa Fe Pasajeros, sitos dentro del ejido municipal de la ciudad de santa fe, el que resulto aprobado de conformidad con las disposiciones de la Ordenanza Nº 10.253 y la Ordenanza Nº 10.290

Que por distintas situaciones institucionales y económicas sobrevinientes a la celebración del convenio aludido y ajenas a su voluntad, ambas partes se vieron en la imposibilidad material de cumplir con las principales obligaciones que asumieran en dicho convenio, ingresando estas a un proceso de revisión del convenio original.

Que "LA MUNICIPALIDAD" consolidó, en el inmueble que el ex ENABIEF se comprometió a transferirle en la cláusula tercera del convenio del 5 de agosto 1997 el denominado parque federal, con destino a espacio verde de uso publico distrito UP (Ordenanza Nº 10.290) introduciendo diversas mejoras tanto en aquel como en los inmuebles que quedarían bajo jurisdicción del ex ENABIEF.

Que en la inteligencia de arribar a una reformulación de las distintas obligaciones pendientes asumidas en el convenio original, autoridades y personal técnico profesional de ambas partes han venido realizando hasta la fecha numerosas reuniones de trabajo para considerar distintas alternativas que logren una equitativa y justa reformulación del convenio, contemplando la realidad económica actual y los distintos intereses públicos que ambas partes representan.

Que como conclusión de las tareas de trabajo relacionadas precedentemente y del tiempo transcurrido desde la celebración del convenio original aludido, técnicamente se ha concluido en la necesidad de realizar un replanteo de las obligaciones y cargas asumidas en el Convenio original, en los términos que ha continuación se expresan:

PRIMERO: Dejase sin efecto la obligación asumida por "LA MUNICIPALIDAD" de ejecutar a su cargo las obras pendientes de infraestructura para la urbanización de los predios correspondientes a los cuadros "santa Fe Cambio" y Santa Fe Pasajeros" Como contraprestación económica y a modo de compensación "LA MUNICIPALIDAD" tendrá por canceladas las acreencias que tenga contra el ESTADO NACIONAL con propiedad estatal que se identifican en las planillas que como Anexo I se adjuntan. Para el caso en que dichas acreencias estén reclamadas en sede judicial, por común comparendo de las partes en juicio se solicitara la baja de los mismos, con costas por su orden. Respecto del saldo a favor del ONABE, resultante del balance de deudas, obrante en anexo II, "LA MUNICIPALIDAD" suscribirá el reconocimiento pertinente.

SEGUNDO: En este acto el ONABE hace entrega de la posesión del Parque Federal, en el estado en que se encuentra, quedando la misma sujeta a la sanción de la Ordenanza a la que hacer referencia la Cláusula Tercera.

TERCERO: Sancionada la Ordenanza que apruebe por parte de"LA MUNICIPALIDAD" el presente convenio, el ONABE iniciara los tramites para transferir a favor de "LA MUNICIPALIDAD" el dominio y los derechos y acciones del "Parque Federal", a cuyo efecto "LA MUNICIPALIDAD" presentara los planos de mensura y subdivisión debidamente registrados, previamente visados por el ONABE. Asimismo el ONABE se compromete a concluir los tramites referentes a la transferencia de dominio del denominado "Paseo del Restaurador" en los términos de la Ley 24.146, conforme las previsiones contenidas en el anexo III, Las escrituras traslativas de dominio serán otorgadas por ante la Escribanía GENERAL DE GOBIERNO DE LA NACIÓN.

CUARTO: Dejase sin efecto lo previsto en el articulo Noveno del Convenio de fecha 5 de agosto de 1997.

QUINTO: En todo lo no expresado previsto en el presente, será de aplicación lo oportunamente acordado en el Convenio Ferrourbanistico celebrado el 5 de agosto de 1997.

SEXTO: Para todos los efectos derivados de este convenio, las partes constituyen domicilios especiales en los que denunciaran al comienzo donde se reputaran validas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales. Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la ciudad autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiere corresponder.

SÉPTIMO: En cumplimiento del articulo 18 de la Ley Provincial Nº 2.756 se transcribe la siguiente norma:... " cuando la municipalidad sea condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrara dentro del termino de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva en forma de verificar el pago. Esta prescripción formara parte integrante, bajo penalización de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del Municipio, y deberá ser transcripta en toda escritura publica o contrato que se celebre con particulares.

No siendo para mas, se da por terminado el acto, firmando las partes de cuatro ejemplares de un mismo e idéntico tenor y a un solo efecto, a los 19 días del mes de diciembre del año dos mil cinco.


PROF. FERNANDO M. SUAREZ - DIRECTOR EJECUTIVO ONABE

ING. EZEQUIEL MARTÍN BALBARREY- INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SANTA FE


ANEXO I:

LISTADO DE INMUEBLES:

- D. V. SARSFIELD 4900
- AVDA. J.PASO 3000 - 2989
- GRAL López 3700
- SAN LUIS 2900
- BV. GALVEZ 1160
- S. DEL CARRIL 2400
- AV. ALEM 2098-2000-2026-2040-2054-2068-2198-2100-2126-2142-2158-2174
- J,G LAS HERAS 2620-2634-2648-2662-2669-2657-2645-2633-2732-2798-2850-2864-2878
- EVA PERON 2055-2041-2047-2041-2001-2143-2127-2050
- GRAL . ALVEAR 2655-2739-2731-2723-2715-2737-2783-2777-2879-2865-2851-2837-2823-2801
- RICARDO BALBÍN 2626-3636-2666-2676
- PJE. GRILLI 2099-2051-200-2050
- F.S.M. DE ORO 2071-2051-2031-2001-2030-2050-2070
- JOSE R. PEREZ 2075
- CASEROS 2000
- GDOR. CRESPO 2000-2070
- JUNIN 3100
- S. DEL CARRIL 2400
- DIAG. IRIGOYEN 999
- 4 DE ENERO 800-900
- S. DEL ESTERO 2444-2442
- VIAS DEL FERROCARRIL
- VIAS DE LA COSTA.


ANEXO II

BALANCE DE DEUDAS:

a) Deuda Tasa General de Inmueble $ 4.340.593,78
b) Mejoras en Santa Fe Cambios $ 125.000,00
c) Total Deuda Onabe $ 4.465.593,78
d) Presupuesto de obras de infraestructura pendientes según convenio 97 a noviembre de 2005. $ 7.263.515,00
e) Porcentaje de Incidencia del parque Federal 67.28 %
f) Total deuda Municipalidad por obras según la incidencia del Parque Federal $ 4.886.892,80
g) Diferencia deuda (f-c) $ 421.299,10