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| Jueves, 10 Junio, 2004 9:12 PM |
| INVITACION A LA SECRETARIA DE PROMOCION COMUNITARIA PARA QUE INFORME -IN VOCE- SOBRE LA ATENCION EN COMEDORES MUNICIPALES. |
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN El Honorable Concejo Municipal solicita a Secretaría de Promoción Comunitaria de la Municipalidad de Santa Fe, Sra. Delia Blanco, asista a una reunión en la Presidencia del cuerpo, para que informe los siguientes puntos:
Santa Fe de la Vera Cruz, 2 de junio de 2004.
Sres. Concejales, Sras. Concejalas: Las estadísticas en materia de desnutrición deben en primer lugar avergonzarnos e inmediatamente generar acciones por parte de quienes poseemos algunos márgenes de decisión para intentar combatir este flagelo. Pareciera que todos los esfuerzos del Estado por medio de los planes alimentarios como a través de los programas de empleo no han podido resolver el hambre de muchos santafesinos. Esta realidad nos exige un paso más, debemos reasegurarnos que todos los niños desnutridos en los barrios donde la Municipalidad está presente, (teniendo en cuenta que al decir niños nos referimos también al niño por nacer), estén incluidos en las instituciones municipales que refuerzan la alimentación diaria de la población infantil. Sabemos que todo niño desnutrido está en un grave estado de vulnerabilidad, inmerso a innumerables riesgos de padecer diferentes enfermedades infectocontagiosas por ejemplo, que pueden llevarlo a la muerte. También se ve afectado su crecimiento como el desarrollo sano, lo que implica una inmadurez crónica que trae como consecuencia fracaso escolar, demostrando así un factor más de exclusión que trae aparejada la pobreza. La Municipalidad debe y puede enfrentar esta situación, asumiendo que los niños no esperan, que las respuestas deben ser urgentes y que las consecuencias siempre son lamentables. Estamos en frente de un gran desafío, hacerle frente a esta crisis, aunando esfuerzos, coordinando recursos de manera que garanticemos una pronta recuperación de aquel niño con déficit nutricional. Es por ello que al contar con normas como la Ordenanza Nº 10.161/96 que determina la instrumentación del Plan Municipal de Asistencia y Promoción Comunitaria a la Niñez y la Ordenanza Nº 10.842/02 que regula el accionar del Programa Municipal Permanente de Coordinación y Evaluación de la Atención Primaria de la Salud, y con la resolución 9153 el Municipio debe comenzar a involucrarse en esta temática y asumir su responsabilidad frente a esta situación que es un verdadero flagelo para el sector de la población que hoy menos recursos tiene para enfrentar la crisis existente. Pero ha resultado asombroso para este Bloque la escueta contestación
a los requerimientos del Concejo, que no han dado respuestas mínimas
al problema planteado. Es necesario verificar entonces si a través de las instituciones municipales que brindan un servicio alimentario en algunos barrios de la ciudad se ha podido en el tiempo mejorar el estado saludable de niños y mamás que sufren al extremo el flagelo del hambre. La Resolución Nº 9153 fue en su momento un instrumento normativo a fin de apalear una situación que desbordaba en la ciudad: el gran número de niños de edades tempranas de bajo peso y en algunos casos con una desnutrición diagnosticada. El Estado Municipal viene realizando hace años una política
asistencial netamente alimentaria para un gran sector de la población
en situación de riesgo y sin recursos para poder alimentarse en
su casa, por lo que es necesario verificar si esta tarea ha mejorado la
calidad de vida de los niños y las mamás con trastornos
de crecimiento y desarrollo debido a una nutrición adecuada. |