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Resolución
Nº 10660
restauración, recuperación y planificación del sector que perteneciera a "Santa Fe Cambios" ocupado actualmente por el Parque Federal e inmuebles propiedad del ONABE dentro del mismo predio. |
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VISTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE Art. 1º: Dispónese la creación de una Unidad de Gestión a los fines de la restauración, recuperación y planificación del sector que perteneciera a "Santa Fe Cambios" ocupado actualmente por el Parque Federal e inmuebles propiedad del ONABE dentro del mismo predio. Art. 2º: La Unidad de Gestión propuesta en el artículo
1º estará conformada por el Secretario de Gobierno, Cultura
y Patrimonio, quien coordinará la Unidad de Gestión, de
Planeamiento Urbano, de Obras Públicas y de la Producción
y dos representantes designados por el Honorable Concejo Municipal. Art. 3º: Serán funciones de la Unidad de Gestión,
la reconducción de los convenios preexistentes con el ONABE para
el sector enunciado en el artículo 1º y la garantía
del cumplimiento de las normas dispuestas para el recupero del área. Art. 4º: La Unidad de Gestión, recomendará al Departamento
Ejecutivo Municipal, en el marco de las normas en la materia, el establecimiento
de contratos de comodatos temporales con particulares, para llevar adelante
emprendimientos vinculados a actividades recreativas en el predio Art. 5º: La Unidad de Gestión propondrá, para consideración
del Honorable Concejo Municipal, nuevas pautas de zonificación
para el sector, donde se incluirán: áreas de viviendas con
FOT y FOS particulares y alturas máximas y mínimas, determinación
de superficies libres para esparcimiento, comercios, administrativas,
circulaciones, estacionamientos y toda otra definición de espacios
que pudiera resultar inherente. Art. 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal propondrá, una
alternativa de descentralización de oficinas municipales a ubicar
en edificios a recuperar e iniciará gestiones para interesar a
otros organismos nacionales, provinciales y/o privados para generar un
área administrativa en dicha construcciones. Art. 7º: Las erogaciones que surjan del cumplimiento de la presente,
deberán resultar imputadas a la partida anual presupuestaria correspondiente. Art. 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. SALA DE SESIONES, 28 de diciembre de 2.004.- Presidente: Proc. Rubén Gabriel Mehauod |